viernes, 4 de noviembre de 2011

Derecho de la mujer

Parte ll



Igualdad entre mujeres y hombres



La igualdad entre hombres y mujeres es uno de los principios fundamentales del Derecho comunitario. Los objetivos de la Unión Europea (UE) en materia de igualdad entre hombres y mujeres consisten en garantizar la igualdad de oportunidades y de trato entre ambos sexos y en luchar contra toda discriminación basada en el sexo. En este ámbito, la UE ha aplicado un doble enfoque que engloba acciones específicas y la integración de la perspectiva de género. Esta cuestión presenta, asimismo, una marcada dimensión internacional en lo tocante a la lucha contra la pobreza, el acceso a la educación y los servicios de salud, la participación en la economía y el proceso de toma de decisiones, y la equiparación de la defensa de los derechos de la mujer con la defensa de los derechos humanos.

La remuneración del trabajo de las mujeres


La remuneración económica que la mujer recibía por su trabajo siempre ha sido notablemente inferior comparada con la que recibía un hombre, situación que aún hoy se mantiene, como denuncian Asociaciones de Mujeres, Sindicatos y Medios de Comunicación. Las razones de esta desigualdad no se explican, es decir, es un hecho constatable pero no tiene ninguna lógica y tampoco está penado por ninguna ley.

El gran obstáculo que encuentran las mujeres en el ámbito laboral es que les resulta muy difícil acceder a ocupaciones típicamente masculinas y, en caso de que lo consigan, les cuesta otro tanto escalar posiciones.

La discriminación positiva se plantea como un impulso para mejorar esta situación, pero presenta situaciones paradógicas que llevan a muchas mujeres a un lugar en el que no saben si merecen estar, o, directamente, no merecen.

No lo saben ni lo sabrán mientras sean llamadas a participar en actividades públicas, laborales o no, para calmar la sensación de culpa institucional sin que se tengan en cuenta sus propios méritos.

Existen sin duda infinitas soluciones a la discriminación de género en el trabajo, pero todas ellas pasan por el reconocimiento de que, como dice Monique Witting, "por ahora, (...) el destino de las mujeres es aportar tres cuartas partes del trabajo en la sociedad (tanto en la esfera de lo público como de lo privado) trabajo al que hay que añadir el trabajo corporal de la reproducción según la tasa preestablecida de la demografía".


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